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Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

Artículo 2(2)

El objeto expresado en el artículo anterior se concretará en la consecución de los siguientes fines: 1. Garantía y protección del ejercicio de la libertad de empresa industrial. 2. Modernización, promoción industrial y tecnológica, innovación y mejora de la competitividad. 3. Seguridad y calidad industriales. 4. Responsabilidad industrial. Asimismo, es finalidad de la presente Ley contribuir a compatibilizar la actividad industrial con la protección del medio ambiente.

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Artículo 2 - INDUSTRIA | ALMA