Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Artículo 2(2)
El objeto expresado en el artículo anterior se concretará en la consecución de los siguientes fines:
1. Garantía y protección del ejercicio de la libertad de empresa industrial.
2. Modernización, promoción industrial y tecnológica, innovación y mejora de la competitividad.
3. Seguridad y calidad industriales.
4. Responsabilidad industrial.
Asimismo, es finalidad de la presente Ley contribuir a compatibilizar la actividad industrial con la protección del medio ambiente.
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