ALMA

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Artículo 71(71)

1. Los fondos propios de las entidades aseguradoras y reaseguradoras estarán constituidos por la suma de los fondos propios básicos y los fondos propios complementarios. Reglamentariamente se determinarán los elementos que integran cada uno de ellos. El importe de cada elemento de los fondos propios complementarios que la entidad desee incluir entre los fondos propios, a efectos de solvencia, reflejará su capacidad de absorción de pérdidas y se basará en hipótesis prudentes y realistas, y estará sujeto a la autorización previa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en los términos y condiciones que se establezcan en la normativa de la Unión Europea de directa aplicación. La autorización previa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones aprobará el importe monetario de cada elemento de los fondos propios complementarios, o el método para calcular dicho importe. En este último caso, la autorización se extenderá al importe determinado conforme a este método y además deberá fijar el plazo de validez del mismo. El plazo máximo para resolver el procedimiento de la autorización previa y notificación de la resolución es de tres meses, salvo que concurran circunstancias excepcionales en cuyo caso se podrá ampliar a seis. Transcurrido este plazo sin haberse notificado resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud presentada. 2. Reglamentariamente podrán establecerse los supuestos y las condiciones en las que los fondos excedentarios constituidos por los beneficios acumulados que no se han destinado a ser distribuidos a los tomadores y a los beneficiarios de seguros, y que cumplan los criterios establecidos en él para ser clasificados como fondos propios de nivel 1 conforme al artículo 72, no se considerarán obligaciones derivadas de los contratos de seguros o reaseguros.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 71 - ASEGURADORAS 20/2015 | ALMA