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Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.

Artículo 107(107)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia será el punto de contacto a disposición del público, para facilitar información y recibir quejas sobre las cuestiones de accesibilidad que afecten a los servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal reguladas en el presente Capítulo. Las Comunidades Autónomas podrán crear puntos de contacto a disposición del público para facilitar información y recibir quejas sobre las cuestiones de accesibilidad que afecten a los servicios de comunicación audiovisual de ámbito autonómico.

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