ALMA

Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico.

Artículo 25(25)

1. Las operaciones de constitución, aportación de los socios y su reducción, de disolución y de liquidación de las Agrupaciones de interés económico, así como los contratos preparatorios y demás documentos cuya formalización constituya legalmente presupuesto necesario para dicha constitución, gozarán de exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 2. La misma exención se aplicará a las operaciones de transformación a que se refiere el artículo 19 de la presente Ley así como a las de transformación de las Sociedades de Empresas y Agrupaciones de Empresas, reguladas por la Ley 196/1963, de 28 de diciembre, y Ley 18/1982, de 26 de mayo, respectivamente, en Agrupaciones de interés económico.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 25 - ECONÓMICO, AGRUPACIONES | ALMA