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Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Disposición final cuarta(DF4)

La letra g) del artículo 8 de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, queda modificada como sigue: «g) La entidad de contrapartida central BME Clearing S.A.U., y el sistema de compensación y liquidación de valores e instrumentos financieros derivados gestionados por MFAO, Sociedad Rectora del Mercado de Futuros del Aceite de Oliva, S.A., autorizados por el Ministro de Economía y Competitividad de conformidad con lo previsto en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.»

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Disposición final cuarta - CRÉDITO, SOLVENCIA 10/14 | ALMA