ALMA

Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Disposición final segunda(DF2)

Esta Ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas reconocidas al Estado por las reglas 13.ª y 22.ª del artículo 149.1 de la Constitución.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Disposición final segunda - PLAN HIDROLÓGICO NACIONAL | ALMA