ALMA

Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca.

Artículo 48(48)

Para aumentar válidamente la cifra del capital social mínimo fijada en los estatutos será preciso que el capital desembolsado de la sociedad sea, al menos, igual a la nueva cifra de capital social mínimo que se pretende establecer.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 48 - SOCIEDADES, GARANTÍA 94 | ALMA