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Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

Artículo 17.(17)

La operación de modelado y estética de cualquier región anatómica de un cadáver será llevada a efecto dando cuenta previamente a la Jefatura Provincial de Sanidad correspondiente.

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Artículo 17. - POLI MORTUORIA | ALMA