Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
Artículo 1.(1)
La Policía Sanitaria Mortuoria, como parte integrante de la actividad de la Administración Pública en materia de Sanidad, abarca:
1. A toda clase de prácticas sanitarias en relación con los cadáveres y restos cadavéricos, y
2. A las condiciones técnico-sanitarias de los féretros, vehículos y empresas funerarias y de los cementerios y demás lugares de enterramiento.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.