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Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.

Artículo 61 I(61I)

Los actos contemplados en los capítulos 4 y 5, así como las medidas mencionadas en el artículo 61 G que garanticen la cooperación administrativa en los ámbitos a que se refieren esos capítulos, se adoptarán: a) a propuesta de la Comisión, o b) por iniciativa de la cuarta parte de los Estados miembros.» CONTROLES EN LAS FRONTERAS, ASILO E INMIGRACIÓN 65) Los artículos 62 a 64 se sustituyen por el capítulo 2 y los artículos 62 a 63 ter siguientes. El artículo 62 sustituye al artículo 62, los apartados 1 y 2 del artículo 63 sustituyen a los puntos 1 y 2 del artículo 63, el apartado 3 del artículo 63 sustituye al apartado 2 del artículo 64, y el artículo 63 bis sustituye a los puntos 3 y 4 del artículo 63. «CAPÍTULO 2 POLÍTICAS SOBRE CONTROLES EN LAS FRONTERAS, ASILO E INMIGRACIÓN

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