Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.
Artículo 4(4)
Hasta la entrada en vigor de la decisión contemplada en el párrafo primero del apartado 6 del artículo 9 C del Tratado de la Unión Europea, el Consejo podrá reunirse en las formaciones previstas en los párrafos segundo y tercero de dicho apartado, así como en las demás formaciones cuya lista se establezca mediante una decisión del Consejo de Asuntos Generales adoptada por mayoría simple.
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