TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
Artículo 306
(antiguo artículo 264 TCE)
El Comité de las Regiones designará de entre sus miembros al Presidente y a la Mesa, por un período de dos años y medio.
Establecerá su reglamento interno.
El Comité será convocado por su Presidente, a instancia del Parlamento Europeo, del Consejo o de la Comisión. También podrá reunirse por propia iniciativa.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.