TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
Artículo 243
(antiguo artículo 210 TCE)
El Consejo fijará los sueldos, dietas y pensiones del Presidente del Consejo Europeo, del Presidente de la Comisión, del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de los miembros de la Comisión, de los Presidentes, miembros y secretarios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Secretario General del Consejo. Fijará también cualesquiera otros emolumentos de carácter retributivo.
SECCIÓN CUARTA LA COMISIÓN
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