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Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994.

Artículo 155.(155)

1. El debate en el Pleno se iniciará con una discusión sobre el conjunto del dictamen de la Comisión, con dos turnos a favor y dos en contra, expuestos en forma alternativa, y la intervención de los Portavoces de los Grupos parlamentarios. 2. Después se discutirán las enmiendas o votos particulares presentados a cada artículo, mediante dos turnos a favor y dos en contra y la intervención de los Portavoces de los Grupos parlamentarios. 3. La duración de los turnos será fijada de antemano por el Presidente, de acuerdo con la Mesa.

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Artículo 155. - SENADO, REGLAMENTO | ALMA