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Reglas Penitenciarias Europeas · Recomendación Rec(2006)2-rev, revisión de 1 de julio de 2020

Regla 67.3

Este acuerdo estipulará: a. las circunstancias en las que los miembros de otros servicios de mantenimiento del orden pueden entrar en una prisión para resolver una situación de conflicto; b. la autoridad de la que dispondrá el servicio de mantenimiento del orden afectado cuando esté en la prisión y su relación con el director del centro; c. los diferentes tipos de fuerza que los miembros de este servicio podrán utilizar; d. las circunstancias en las que se podrá prever para cada tipo de fuerza; e. el nivel de autoridad requerido para decidir un recurso a la fuerza, y f. los informes que habrá que redactar después de cada vez que se haya recurrido a la fuerza.

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Regla 67.3 - REGLAS EU | ALMA