Reglas Penitenciarias Europeas · Recomendación Rec(2006)2-rev, revisión de 1 de julio de 2020
Regla 15.1
En el momento de la admisión, se registrarán inmediatamente las informaciones siguientes de cada interno:
a. información respecto a la identidad;
b. motivo de la detención y nombre de la autoridad competente que la ha decidido;
c. fecha y hora del ingreso;
d. lista de los efectos personales, que se guardarán en lugar seguro, de acuerdo con la regla 31;
e. cualquier herida visible y cualquier queja de maltrato anteriores;
f. bajo reserva de las obligaciones referentes al secreto médico, cualquier información del estado de salud significativa para el bienestar físico y mental de este interno o de los demás;
g. el nombre y los datos de cualquier persona designada por el interno como persona de contacto en caso de defunción, heridas graves o enfermedad, y
h. el número de hijos, su edad, así como también la persona que se encarga de ellos.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.