Reglas Penitenciarias Europeas · Recomendación Rec(2006)2-rev, revisión de 1 de julio de 2020
Regla 42.1
El/la médico/a, o un/a enfermero/a cualificado/a que dependa de este/a médico/a, visitará a todos los internos nada más entrar en prisión y los ha de examinar, salvo si es manifiestamente innecesario.
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