Reglas Penitenciarias Europeas · Recomendación Rec(2006)2-rev, revisión de 1 de julio de 2020
Regla 29.2
El régimen penitenciario se organizará, en la medida de lo posible, de forma que permita a los internos ejercer su religión y seguir su filosofía, participar en servicios o reuniones dirigidas por representantes de estas religiones o filosofías, recibir en privado visitas de estos representantes de su religión o filosofía y disponer de libros o publicaciones de tipo religioso o espiritual.
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