Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado, a propuesta del Defensor del Pueblo, en su reunión conjunta de 6 de abril de 1983.
Disposición final.(DF)
Este Reglamento se publicará en el «Boletín Oficial del Congreso», en el «Boletín Oficial del Senado» y en el «Boletín Oficial del Estado», y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en éste.
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