Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Artículo 104(104)
La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifican los literales n) y o) del artículo 2, que quedan redactados como sigue:
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 18, que queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 19, que queda redactado del siguiente modo:
Cuatro. Se modifica el apartado 2 del artículo 21, que queda redactado del siguiente modo:
Cinco. Se modifican los apartados 3, 5 y 7 del artículo 25, que quedan redactados del siguiente modo:
Seis. Se modifican los apartados 1 y 3 y se añade un apartado 8 al artículo 26, en los siguientes términos:
Siete. Se modifica el apartado 1 del artículo 28, que queda redactado del siguiente modo:
Ocho. Se modifica el artículo 29, que queda redactado del siguiente modo:
Nueve. Se modifica el artículo 34, que queda redactado del siguiente modo:
Diez. Se modifica el artículo 44, que queda redactado del siguiente modo:
Once. Se modifica el apartado 2 del artículo 53, que queda redactado del siguiente modo:
Doce. Se modifica el artículo 55, que queda redactado del siguiente modo:
Trece. Se modifica el apartado 5 del artículo 56, que queda redactado del siguiente modo:
Catorce. Se modifica el artículo 59, que queda redactado del siguiente modo:
Quince. Se modifica el artículo 62, que queda redactado del siguiente modo:
Dieciséis. Se modifican el apartado 1 y la letra a) del apartado 2 del artículo 64, que quedan redactados del siguiente modo:
Diecisiete. Se modifica el apartado 1 del artículo 66, que queda redactado del siguiente modo:
Dieciocho. Se modifica el artículo 81, que queda redactado del siguiente modo:
Diecinueve. Se añade el artículo 86 bis con la siguiente redacción:
Veinte. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 89, que quedan redactados del siguiente modo:
Veintiuno. Se modifica el apartado 3 del artículo 97, que queda redactado del siguiente modo:
Veintidós. Se modifica el artículo 101, que queda redactado del siguiente modo:
Veintitrés. Se añaden los apartados 4 y 5 al artículo 103 con la siguiente redacción:
Veinticuatro. Se modifica el apartado 1 del artículo 143, que queda redactado del siguiente modo:
Veinticinco. Se modifica el apartado 1 del artículo 188, que queda redactado del siguiente modo:
Veintiséis. Se modifica la letra b) del apartado 3 del artículo 191, que queda redactada del siguiente modo:
Veintisiete. Se modifica el apartado 1 del artículo 234, que queda redactado del siguiente modo:
Veintiocho. Se modifica el apartado 1 del artículo 236, que queda redactado del siguiente modo:
Veintinueve. Se modifica el artículo 244, que queda redactado del siguiente modo:
Treinta. Se añade un nuevo artículo 247 bis con la siguiente redacción:
Treinta y uno. Se añade un nuevo artículo 247 ter con la siguiente redacción:
Treinta y dos. Se suprime el apartado 2 y la numeración del apartado 1 de la disposición transitoria cuarta, quedando redactada del siguiente modo:
Treinta y tres. Se suprime el apartado 2 y la numeración del apartado 1 de la disposición final séptima, quedando redactada del siguiente modo:
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.