Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
Disposición adicional decimotercera(DA13)
En el plazo de un mes, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de este real decreto-ley, el Gobierno creará un grupo de trabajo para estudiar la adopción de medidas específicas para la adecuación de la Seguridad Social de los artistas por cuenta ajena y por cuenta propia así como de los demás trabajadores autónomos de la cultura, a partir de las medidas incluidas en el Informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista, teniendo en cuenta la intermitencia que caracteriza la actividad artística y cultural.
Este grupo de trabajo estará formado por representantes de los Ministerios de Trabajo y Economía Social, de Cultura y Deporte y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como de las organizaciones sindicales y empresariales y otras organizaciones representativas del sector cultural.
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