Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Art. 91.(91)
Los planes de ordenación urbana, los proyectos de obras y de instalación de servicios, cuando los Ayuntamientos carezcan de personal técnico, estarán a cargo de la respectiva Diputación Provincial.
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