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Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Disposición adicional primera(DA1)

Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba. En particular, las referencias al Consejo Superior de Seguridad Vial se entenderán realizadas al Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

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Disposición adicional primera - TRÁFICO Y SEG.VIAL | ALMA