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Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.

Disposición adicional primera(DA1)

El mercado interbancario de depósitos no quedará sujeto a las normas de esta ley. Corresponderá al Banco de España la regulación y supervisión del funcionamiento de dicho mercado.

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Disposición adicional primera - MERCADO VALORES 4/15 | ALMA