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Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Artículo 174(174)

Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa, según proceda, el concesionario o el titular de la autorización.

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Artículo 174 - PUERTOS Y M.MERCANTE | ALMA