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Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Disposición adicional sexta(DA6)

El Ministerio de Hacienda modificará tanto la estructura de los presupuestos de las entidades locales como los criterios de clasificación a la que hace referencia el artículo 167 de esta ley con objeto de adaptarlos a los establecidos para el sector público estatal en cada momento.

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Disposición adicional sexta - LOCAL, HACIENDAS 2004 | ALMA