Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 173.(173)
Los gerentes o administradores de las compañías mercantiles no podrán negar a los socios el examen de todos los documentos comprobantes de los balances que se formen para manifestar el estado de la administración social, salvo lo prescrito en los artículos 150 y 158.
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