Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
Artículo 3(3)
1. Integran el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado los siguientes programas:
a) Programa de análisis de la demanda y de evaluación de la satisfacción de los usuarios de los servicios.
b) Programa de cartas de servicios.
c) Programa de quejas y sugerencias.
d) Programa de evaluación de la calidad de las organizaciones.
e) Programa de reconocimiento.
f) Programa del Observatorio de la Calidad de los Servicios Públicos.
2. Corresponde a los órganos y organismos que se señalan en el artículo 4 la responsabilidad directa en la implantación, gestión y seguimiento interno de estos programas.
3. Los Subsecretarios de los departamentos y los titulares de los organismos públicos determinarán el órgano o unidad a los que, de acuerdo con lo establecido en el capítulo I del título II y en el capítulo I del título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se asignan las funciones de coordinación y seguimiento global de los programas en su respectivo ámbito.
4. Las autoridades señaladas en el apartado anterior remitirán a la Secretaría General para la Administración Pública, dentro del primer semestre de cada año, un informe conjunto de seguimiento de los programas de calidad.
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