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Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.

Artículo 2(2)

1. Este reglamento será de aplicación a: a) Los procesos selectivos de ingreso y ascenso, por promoción interna, a las escalas y categorías en las que se estructura la Policía Nacional. b) Los procesos selectivos para el acceso a las plazas de personal facultativo y técnico que sean necesarias para la cobertura y apoyo de la función policial. c) Las modalidades de formación establecidas en el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. 2. Conforme al artículo 3.1 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, en lo no previsto en este reglamento y en las disposiciones que lo desarrollen será de aplicación supletoria la legislación de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

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Artículo 2 - RD POLICÍA 22 | ALMA