Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Artículo 6(6)
Para la elaboración de las propuestas de resolución de los expedientes de clasificación y revisión de clasificaciones que lo precisen se podrá solicitar informe de los Departamentos ministeriales, organismos y entidades que se considere conveniente. Una vez tramitado el expediente, el órgano competente para la tramitación de los expedientes de clasificación elaborará propuesta de resolución, que someterá a la decisión de la Comisión de Clasificación correspondiente. En el caso de que un expediente afecte a clasificaciones de obras y de servicios de una misma empresa, la resolución deberá ser adoptada conjuntamente por ambas Comisiones de Clasificación.
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