Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I.
Artículo 4(4)
1. En el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de los fines que le han sido asignados, el Consejo cuenta con autonomía orgánica y funcional y actúa con plena independencia del Gobierno, de las administraciones públicas y de cualquier interés empresarial o comercial.
2. La presidencia ejercerá sus funciones con plena independencia y total objetividad, no estando sujeta a mandato imperativo y no recibirá instrucción de autoridad alguna.
3. Ni el personal ni los miembros de los órganos del Consejo podrán aceptar ni solicitar instrucciones de ninguna entidad pública o privada.
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