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Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.

Artículo 14(14)

1. 2. 3. Corresponde al Director de Gestión y Servicios Generales el ejercicio de las siguientes funciones: a) Dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de las unidades y servicios de la División de Gestión y Servicios Generales y las actividades del personal integrado en los mismos. b) Proporcionar al resto de las Divisiones del hospital el soporte administrativo y técnico específico, así como de servicios generales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. c) Asumir las funciones de carácter no asistencial que expresamente delegue o encomiende el Director Gerente.

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Artículo 14 - SALUD, INSTITUTO NACIONAL | ALMA