ALMA

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

Art. 112.(112)

A efectos de lo dispuesto en el artículo 145.1, c), de la Ley 39/1988, los estados de previsión de gastos e ingresos de las Sociedades mercantiles serán los de: a) La cuenta de explotación. b) La cuenta de otros resultados. c) La cuenta de pérdidas y ganancias. d) El presupuesto de capital.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Art. 112. - LOCAL, HACIENDAS 90 | ALMA