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Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Artículo 127(127)

Las beneficiarias de las ayudas de este programa podrán ser las propietarias arrendadoras de las viviendas sea cual sea su naturaleza jurídica, o las arrendatarias que cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente. El tomador del seguro podrá ser la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla o el arrendador.

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Artículo 127 - VIVIENDA JOVEN 2022 | ALMA