Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Disposición adicional cuarta(DA4)
Los funcionarios docentes universitarios se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen de profesorado universitario, en cuanto haga referencia a situaciones administrativas, siéndoles de aplicación el presente Reglamento en lo no previsto en el citado Real Decreto.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 44.2 y 49.4 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, la competencia en materia de situaciones administrativas de los funcionarios docentes que desempeñen sus funciones en las Universidades y de los pertenecientes a Escalas de Administración y Servicios propias de las mismas, corresponden al Rector.
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