Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado.
Disposición adicional Tercera.(DA3)
Los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado se regirán en materia disciplinaria por lo dispuesto en la Ley orgánica a que se refiere el artículo 104.2 de la Constitución y las normas que se dicten en su desarrollo.
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