Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Artículo 41(41)
Las normas que regulan los requisitos y el procedimiento para que un vehículo sea declarado histórico, así como para su matriculación y circulación por las vías públicas, están contenidas en la reglamentación que se recoge en el anexo I.
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