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Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad.

Artículo 5(5)

1. Corresponde al Ministerio del Interior la competencia exclusiva para la dirección, organización, desarrollo, administración y gestión de todos los aspectos referentes al Documento Nacional de Identidad. 2. Dicha competencia será ejercida por la Dirección General de la Policía, gestionando la custodia y responsabilidad de la actividad del tratamiento de los datos personales en conformidad con la legislación en materia de protección de datos.

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Artículo 5 - DNI 2025 | ALMA