Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado.
Artículo 13 ter(13)
Cuando la propuesta y el acto o resolución objeto de fiscalización o intervención previa se formalicen en documento en soporte papel con firma manuscrita, el resultado de la fiscalización o intervención previa se formalizará igualmente en dicho soporte. En estos casos, la puesta a disposición de la Intervención de los documentos electrónicos que formen parte del expediente se realizará exclusivamente a través de la aplicación informática prevista en el apartado 2.b) del artículo anterior.
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