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Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Artículo 69.(69)

1. Los Proyectos de Urbanización comprenderán los siguientes documentos: – Memoria descriptiva de las características de las obras. – Planos de información y de situación con relación en el conjunto urbano. – Planos de proyecto y de detalle. – Pliego de condiciones técnicas y de condiciones económico-administrativas de las obras y servicios. – Mediciones. – Cuadros de precios descompuestos. – Presupuesto. 2. No será necesaria la formulación del pliego de condiciones económico-administrativas cuando las obras de urbanización se ejecuten por el sistema de compensación en terrenos de un solo propietario.

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Artículo 69. - SUELO 78 | ALMA