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Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 1(1)

Este real decreto tiene por objeto adoptar las medidas necesarias para promover la seguridad y salud en el trabajo de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, aplicando los principios y criterios contenidos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, a las peculiaridades organizativas y a las especiales características de las funciones que tiene encomendadas.

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Artículo 1 - PRL POLICIA | ALMA