Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
Artículo 284(284)
Las medidas de intervención y sustitución que afecten a una entidad gestora de fondos de inversión mobiliaria, de fondos de inversión inmobiliaria o de fondos de inversión en activos del mercado monetario, se inscribirán en la hoja de la gestora y en las hojas abiertas a cada uno de los fondos que gestione.
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