Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.
Artículo 4(4)
1. Los planes de estudios de la enseñanza de formación de la Guardia Civil incorporarán el Código de Conducta como instrumento para la formación en valores, principios y normas de comportamiento.
2. Se fomentará la realización de acciones formativas dirigidas al profesorado destinado en los centros docentes de formación, de modo que complementen sus conocimientos y adquieran las herramientas necesarias, técnicas y pedagógicas para facilitar que sus alumnos conozcan y asimilen los valores y principios recogidos en el Código de Conducta.
3. El Código de Conducta deberá incorporarse, igualmente, a la enseñanza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales a través de sus planes de estudios o programas, cuando así proceda, de acuerdo con los perfiles de egreso o las competencias específicas.
4. Los mandos de las unidades, centros y órganos de la Guardia Civil, de acuerdo con sus diferentes niveles de responsabilidad, velarán para que todo el personal bajo su mando conozca e interiorice todos los aspectos contenidos en el Código de Conducta.
5. Se organizarán e impulsarán actividades dirigidas a promover y consolidar los valores de la institución y asentar el Código de Conducta.
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