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Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

Artículo 4(4)

1. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita quedarán adscritas orgánicamente a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, donde no existan, a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno. Estos órganos prestarán el soporte administrativo y el apoyo técnico necesarios para su funcionamiento. 2. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita tendrán su sede en las dependencias que los órganos mencionados en el apartado anterior pongan a su disposición o, en su caso, en los de órganos judiciales radicados en su ámbito territorial.

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Artículo 4 - JURÍDICA GRATUITA 2021 | ALMA