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Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Artículo 137(137)

Para la emisión del informe previsto en el artículo 165 de la Ley, el departamento u organismo correspondiente remitirá una memoria justificativa de las actuaciones previstas y una síntesis descriptiva del proyecto a la Dirección General del Patrimonio del Estado, a la que corresponderá evaluar su procedencia y oportunidad, y elevar al órgano competente la propuesta de informe.

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