Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Disposición final segunda.(DF2)
Se autoriza al Ministro del Interior para aprobar y poner en vigor el modelo de la Tarjeta Europea de Armas de Fuego, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento de Armas y en el anexo II de la Directiva 91/477/CEE, del Consejo, de 18 de junio, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, así como los modelos de los restantes documentos necesarios para la aplicación del Reglamento de Armas.
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