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Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.

Disposición final cuarta(DF4)

1. Este Real Decreto entrará en vigor el día 5 de noviembre de 1997. 2. Por los Ministros de Administraciones Públicas, del Interior, de Fomento, de Educación y Cultura, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo se dictará conjuntamente la Orden ministerial en la que se completará la organización territorial de la Administración General del Estado a nivel provincial.

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Disposición final cuarta - DELEGACIONES GOBIERNO 97 | ALMA