Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.
Artículo 146(146)
1. El transporte de explosivos se regirá por lo establecido en la reglamentación vigente para el medio de transporte correspondiente, por las prescripciones establecidas en este título y las instrucciones técnicas complementarias correspondientes.
2. El transporte de residuos de explosivos se regirá por las normas de transporte de residuos y, en su caso, de transporte de residuos peligrosos vigentes, en concreto lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y sus disposiciones de desarrollo.
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