Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Artículo 66(66)
1. Los pliegos de cláusulas administrativas generales contendrán las declaraciones jurídicas, económicas y administrativas, que serán de aplicación, en principio, a todos los contratos de un objeto análogo además de las establecidas en la legislación de contratos de las Administraciones públicas.
2. Los pliegos se referirán a los siguientes aspectos de los efectos del contrato:
a) Ejecución del contrato y sus incidencias.
b) Derechos y obligaciones de las partes, régimen económico.
c) Modificaciones del contrato, supuestos y límites.
d) Resolución del contrato.
e) Extinción del contrato, recepción, plazo de garantía y liquidación.
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