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Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 25(25)

1. Los grupos y subgrupos de aplicación para la clasificación de empresas en los contratos de obras, a los efectos previstos en el artículo 25 de la Ley, son los siguientes: Grupo A) Movimiento de tierras y perforaciones Subgrupo 1. Desmontes y vaciados. Subgrupo 2. Explanaciones. Subgrupo 3. Canteras. Subgrupo 4. Pozos y galerías. Subgrupo 5. Túneles. Grupo B) Puentes, viaductos y grandes estructuras Subgrupo 1. De fábrica u hormigón en masa. Subgrupo 2. De hormigón armado. Subgrupo 3. De hormigón pretensado. Subgrupo 4. Metálicos. Grupo C) Edificaciones Subgrupo 1. Demoliciones. Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón. Subgrupo 3. Estructuras metálicas. Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos. Subgrupo 5. Cantería y marmolería. Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados. Subgrupo 7. Aislamientos e impermeabilizaciones. Subgrupo 8. Carpintería de madera. Subgrupo 9. Carpintería metálica. Grupo D) Ferrocarriles Subgrupo 1. Tendido de vías. Subgrupo 2. Elevados sobre carril o cable. Subgrupo 3. Señalizaciones y enclavamientos. Subgrupo 4. Electrificación de ferrocarriles. Subgrupo 5. Obras de ferrocarriles sin cualificación específica. Grupo E) Hidráulicas Subgrupo 1. Abastecimientos y saneamientos. Subgrupo 2. Presas. Subgrupo 3. Canales. Subgrupo 4. Acequias y desagües. Subgrupo 5. Defensas de márgenes y encauzamientos. Subgrupo 6. Conducciones con tubería de presión de gran diámetro. Subgrupo 7. Obras hidráulicas sin cualificación específica. Grupo F) Marítimas Subgrupo 1. Dragados. Subgrupo 2. Escolleras. Subgrupo 3. Con bloques de hormigón. Subgrupo 4. Con cajones de hormigón armado. Subgrupo 5. Con pilotes y tablestacas. Subgrupo 6. Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas. Subgrupo 7. Obras marítimas sin cualificación específica. Subgrupo 8. Emisarios submarinos. Grupo G) Viales y pistas Subgrupo 1. Autopistas, autovías. Subgrupo 2. Pistas de aterrizaje. Subgrupo 3. Con firmes de hormigón hidráulico. Subgrupo 4. Con firmes de mezclas bituminosas. Subgrupo 5. Señalizaciones y balizamientos viales. Subgrupo 6. Obras viales sin cualificación específica. Grupo H) Transportes de productos petrolíferos y gaseosos Subgrupo 1. Oleoductos. Subgrupo 2. Gasoductos. Grupo I) Instalaciones eléctricas Subgrupo 1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos. Subgrupo 2. Centrales de producción de energía. Subgrupo 3. Líneas eléctricas de transporte. Subgrupo 4. Subestaciones. Subgrupo 5. Centros de transformación y distribución en alta tensión. Subgrupo 6. Distribución en baja tensión. Subgrupo 7. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas. Subgrupo 8. Instalaciones electrónicas. Subgrupo 9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica. Grupo J) Instalaciones mecánicas Subgrupo 1. Elevadoras o transportadoras. Subgrupo 2. De ventilación, calefacción y climatización. Subgrupo 3. Frigoríficas. Subgrupo 4. De fontanería y sanitarias. Subgrupo 5. Instalaciones mecánicas sin cualificación específica. Grupo K) Especiales Subgrupo 1. Cimentaciones especiales. Subgrupo 2. Sondeos, inyecciones y pilotajes. Subgrupo 3. Tablestacados. Subgrupo 4. Pinturas y metalizaciones. Subgrupo 5. Ornamentaciones y decoraciones. Subgrupo 6. Jardinería y plantaciones. Subgrupo 7. Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos. Subgrupo 8. Estaciones de tratamiento de aguas. Subgrupo 9. Instalaciones contra incendios.

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Artículo 25 - CONTRATOS 2001 | ALMA